Quien tiene green card y necesita pasar una temporada larga fuera de los EE. UU. —para cuidar a un familiar, trabajar o estudiar— se topa con una pregunta: ¿el carné sirve para volver a entrar? El reglamento responde según la duración del viaje. El green card funciona como documento de entrada después de una ausencia temporal de menos de 1 año (8 CFR 211.1(a)(2)); para 1 año o más, el USCIS indica la autorización de reentrada, el re-entry permit (USCIS — documentos de viaje).
¿Qué dice la regla del green card como documento de entrada?
El 8 CFR 211.1(a)(2) acepta como documento de entrada "A valid, unexpired Form I-551, Permanent Resident Card, if seeking readmission after a temporary absence of less than 1 year". El punto siguiente, 211.1(a)(3), acepta "A valid, unexpired Form I-327, Permit to Reenter the United States" —que es la autorización de reentrada (8 CFR 211.1).
¿Qué es la autorización de reentrada?
Según el USCIS, los residentes permanentes o condicionales deben solicitar la autorización de reentrada "if they will be outside the United States for one year or more". Y, mientras esté vigente, esta "allows you to apply for admission to the U.S. without having to obtain a returning resident visa from a U.S. Embassy or Consulate" (USCIS — documentos de viaje). En otras palabras: con ella, usted solicita la entrada de regreso sin necesidad de un visado de residente que retorna en el consulado.
¿Quién la solicita y cuándo?
La solicitud se hace mediante el Form I-131. El reglamento exige que el solicitante "must file such application while in the United States" y que esté "in status as a lawful permanent resident or conditional permanent resident" (8 CFR 223.2(b)(1)). Es decir: la solicitud se presenta antes del viaje, estando usted en los EE. UU., y los pasos siguientes están en las instrucciones del formulario.
¿Por cuánto tiempo es válida?
Por regla general, "a reentry permit issued to a permanent resident shall be valid for 2 years from the date of issuance" (8 CFR 223.3(a)(1)). Hay una excepción: para quien, desde que se convirtió en residente o en los últimos cinco años (lo que sea menor), permaneció fuera de los EE. UU. por más de cuatro años acumulados, la validez se limita a un año (8 CFR 223.2(c)(2)).
¿Y la ciudadanía estadounidense?
Son reglas separadas. Para la naturalización, el reglamento dice que las ausencias continuas entre seis meses y un año interrumpen la residencia continua "unless the applicant can establish otherwise", y que las ausencias de un año o más interrumpen la continuidad (8 CFR 316.5(c)(1)). El texto del 316.5 no dice que la autorización de reentrada preserve la residencia para la ciudadanía. Quien planea el N-400 en los próximos años puede revisar los requisitos en el checklist de documentos del N-400.
Checklist antes de un viaje largo
- Estime cuánto tiempo estará fuera. Menos de 1 año: aplica la regla del green card como documento de entrada. 1 año o más: aplica la autorización de reentrada.
- Solicite el I-131 antes de salir, mientras esté en los EE. UU.
- Verifique la vigencia del green card —si vence durante el viaje, la guía del I-90 explica la renovación.
- Guarde los recibos y las copias de la solicitud.
- Si su caso es una solicitud todavía pendiente (no un green card ya aprobado), el documento es otro: vea viajar con proceso de inmigración pendiente.
Más contenido oficial explicado está en el blog de Prime.
Prime Immigration Office prepara formularios y organiza documentos a partir de lo que piden las instrucciones oficiales; la duración del viaje, el estatus de residente y la fecha de la solicitud son los puntos que la regla usa para definir el documento de regreso.
Fuentes
- USCIS — Travel Documents
- eCFR — 8 CFR 211.1 (documentos de entrada)
- eCFR — 8 CFR parte 223 (autorización de reentrada)
- 8 CFR 316.5 — residencia continua (Cornell LII)
- USCIS — Form I-131
Información educativa, no es asesoramiento legal. Prime Immigration Office es paralegal — preparación de documentos.