La visa B1/B2 es la visa de visitante de los Estados Unidos: la B-1 cubre negocios, la B-2 cubre turismo, y la B-1/B-2 combina ambas. Según el Departamento de Estado, el proceso tiene cuatro etapas: formulario DS-160, pago de la tarifa, programación de cita y entrevista consular. Esta guía describe lo que exige el gobierno en cada una, con montos y fechas de las fuentes oficiales.
¿Para qué sirve la visa B1/B2?
El Departamento de Estado define la visa de visitante como la visa para entrada temporal por "business (B-1 visa), for tourism (B-2 visa), or for a combination of both purposes (B-1/B-2 visa)". Es decir: negocios, turismo o ambos.
Entre las actividades de negocios (B-1), la página oficial menciona reuniones con socios, congresos, negociación de contratos e inventario de herencia. Entre las de turismo (B-2), menciona vacaciones, visita a familiares, tratamiento médico y deportes amateur sin remuneración.
La misma página enumera lo que la visa de visitante no cubre: trabajo, presentaciones pagadas, estudio y residencia permanente. Quien planea estudiar encuentra el camino específico en nuestra guía sobre la regla de los 4 años de la visa F-1.
¿Cuáles son las etapas de la solicitud?
La página oficial de la visa de visitante organiza la solicitud en cuatro pasos, en este orden:
- Completar el formulario DS-160, el "Online Nonimmigrant Visa Application", enviando una foto que siga las reglas de fotografía del Departamento de Estado.
- Pagar la tarifa de solicitud, que no es reembolsable.
- Programar la entrevista en la embajada o consulado de los EE. UU.
- Presentarse a la entrevista, donde el oficial consular evalúa la solicitud y toma las huellas digitales.
Cada paso tiene una regla propia, descrita en las secciones a continuación.
¿Cuánto cuesta la tarifa de la visa B1/B2?
La tabla de tarifas del Departamento de Estado indica US$ 185 para la visa de visitante (categoría B: negocios, turismo y tratamiento médico), dentro del grupo "non-petition-based nonimmigrant visa". La página de visitante también describe ese monto de US$ 185 como tarifa de solicitud no reembolsable.
También existe la tarifa de emisión, que depende del país de ciudadanía. La tabla de tarifas remite a las "Visa Reciprocity Tables" para conocer el monto e informa que varía según el país, de acuerdo con la misma página de tarifas.
¿Qué documentos solicita el Departamento de Estado?
La lista básica de la página oficial incluye:
- Pasaporte válido, con vigencia de al menos seis meses más allá del período de permanencia en los EE. UU.
- Página de confirmación del DS-160.
- Recibo del pago de la tarifa.
- Foto, en caso de que el envío en línea no haya funcionado.
El Departamento de Estado también informa que el oficial consular puede considerar evidencias del motivo del viaje, de la intención de dejar los EE. UU. al finalizar la estadía y de la capacidad de cubrir los costos del viaje, según la misma página. La página no presenta una lista cerrada de documentos para esas evidencias.
¿Dónde se realiza la entrevista?
Según el Departamento de Estado, la orientación general es programar la entrevista en la embajada o consulado del país donde usted vive. El tiempo de espera por cita varía según el lugar, la época del año y la categoría de visa, y la página oficial indica consultar el tiempo de espera del puesto donde se hará la solicitud.
Algunas personas que renuevan la visa en ciertas categorías pueden ser elegibles para la dispensa de entrevista (Interview Waiver), que permite renovar sin presentarse personalmente, de acuerdo con la página de la visa de visitante. Las reglas de elegibilidad se encuentran en las páginas del puesto consular.
¿Qué cambió con el programa de fianza de visa?
El 3 de agosto de 2026, el Departamento de Estado publicó en el Federal Register la regla Visas: Visa Bond Program, con vigencia desde la misma fecha. La regla convierte en programa permanente el piloto de 12 meses que comenzó el 20 de agosto de 2025.
De acuerdo con el texto, quien solicita la visa B-1/B-2 puede ser obligado a presentar una fianza (visa bond) para garantizar que mantenga el estatus y salga de los EE. UU. dentro del plazo. Los oficiales consulares pueden exigir una fianza de hasta US$ 20,000 como condición para emitir la visa, a criterio de cada oficial, según la regla publicada.
¿La visa garantiza la entrada a los EE. UU.?
No. El Departamento de Estado explica que la visa permite viajar hasta un punto de entrada y solicitar autorización para ingresar, y que "does not guarantee entry", según la página oficial. La decisión final de admisión corresponde a un oficial de la CBP en el punto de entrada.
Si se autoriza la entrada, el oficial de la CBP entrega un sello de admisión o el Formulario I-94, el Arrival/Departure Record, según la misma página. Quien viaja con otro proceso en curso encuentra más detalles en la guía sobre viajar con un proceso de inmigración pendiente.
¿Y si los planes cambian durante la estadía?
El Departamento de Estado informa que, si los planes cambian en los EE. UU., por ejemplo por matrimonio con ciudadano estadounidense u oferta de empleo, es posible solicitar un cambio de estatus no inmigrante, según la página de visitante. Para extender la estadía, la página remite a la sección "Extend Your Stay" del USCIS.
El USCIS describe el Formulario I-539 como la solicitud de ciertos no inmigrantes para "extend their stay or change to another nonimmigrant status". Antes de enviarlo, verifique la edición vigente del formulario en la página del USCIS, porque las ediciones antiguas no son aceptadas.
¿Cuál es el resumen del paso a paso?
- Completar el DS-160 en línea y guardar la página de confirmación.
- Pagar la tarifa de US$ 185 y verificar la tarifa de emisión de su país en las Visa Reciprocity Tables.
- Programar la entrevista en el puesto del país donde usted vive y consultar el tiempo de espera.
- Reunir pasaporte, confirmación del DS-160, recibo y foto.
- Verificar si el programa de fianza de visa se aplica a su solicitud, conforme a la regla del 3 de agosto de 2026.
- Después de la entrada, guardar el sello de admisión o el I-94 entregado por la CBP.
Para otros temas de inmigración, consulte el blog de Prime Immigration Office.
Fuentes
- Departamento de Estado: U.S. Visitor Visa
- Departamento de Estado: Fees for Visa Services
- Federal Register: Visas: Visa Bond Program (2026-15726)
- USCIS: Formulario I-539
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